3 nov 2016

El Ministerio de Hacienda a los Contadores que firman estados financieros de contribuyentes que se dictaminan fiscalmente.

Inscripción de contadores que prestan servicios a contribuyentes que se dictaminan fiscalmente

Señor Contador, si Ud. presta servicios de Contabilidad, ya sea como empleado o de forma independiente, y tiene bajo su responsabilidad suscribir o firmar los Estados Financieros de Contribuyentes que están obligados a dictaminarse fiscalmente de conformidad a lo establecido en el Art. 131 del Código Tributario y 47 Lit. f) de la Ley de Servicios Internacionales, se le informa que a partir del mes de Octubre de 2016, debe proceder a inscribirse en el Registro de Contadores que lleva esta Dirección General y así poder hacer uso de nuestra plataforma de servicios especiales con clave, por internet. El plazo para realizar la referida inscripción vence el 23 de diciembre de 2016. 
SE ACLARA, que para inscribirse es necesario presentar el formulario deAceptación de Términos de Registro de los Servicios por Internet,, adjuntando la prueba correspondiente, en el Área de Servicios por Internet de la Dirección General de Impuestos Internos, ubicada en el Centro de Servicios al Contribuyente, contiguo al Condominio Tres Torres, o en los Centros o Minicentros de Servicios ubicados en todo el país. En caso que el trámite no lo realice el propio Contador, deben presentar el formulario de  Autorización para Solicitar Asignación de Opciones Especiales de Usuarios para los Servicios por Internet, cuya firma del interesado que conste en el citado formulario de Aceptación de Términos debe estar legalizada ante Notario, tal como lo establece el Art. 34 del Código Tributario.

A su vez se aclara, que deben adjuntar al referido formulario de Aceptación de Términos, copia del documento donde consta el Número de Acreditación emitido por el MINED o del Número emitido por el CVPCPA, ambos actualizados, debiendo presentar el respectivo documento original para efectos de confrontación.

Para el caso de los Auditores Fiscales que ya hayan suscrito y presentado el relacionado formulario de Aceptación de Términos para efectos del Nombramiento de Auditor Fiscal en línea, y a la vez firmen Estados Financieros por prestar servicios como Contadores, ya sea de forma dependiente o independiente, ya no es necesario  inscribirse en el citado Registro de Contadores.

NOTA: El referido Número de Acreditación y el Número de Autorización, previo a incorporarse en la respectiva base o Registro de Contadores, serán objeto de validación por parte de esta Dirección General contra las bases proveídas por el MINED y el CVPCPA.
La suscripción y presentación del referido formulario de Aceptación de Términos, en el citado Registro, es por única vez, salvo modificaciones posteriores por el Usuario.
Los referidos formularios pueden ser consultados o descargados dando clic en los enlaces o link antes señalados.

Los referidos formularios pueden ser consultados o descargados dando clic en los enlaces o link antes señalados.

CONSULTAS:
Con el fin de aclarar cualquier interrogante sobre la referida inscripción se han puesto a disposición los siguientes números telefónicos y dirección electrónica:

  1. Oficina del Dictamen Fiscal, Tel. 2244-3661 o escribirnos a la siguiente dirección electrónica: dictamen.fiscal@mh.gob.sv .
  2. Call Center de la Dirección General de Impuestos Internos. Tel. 2244-3444 opción 4. Detalles clic aquí

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